Auto Supremo AS/0262/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2016

Fecha: 23-Ago-2016

CONSIDERANDO II: Que, respecto al memorial del recurso de casación, para su resolución es menester

CONSIDERANDO II: Que, respecto al memorial del recurso de casación, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones:
Inicialmente corresponde considerar que el art. 17 de la Ley Órgano Judicial (LOJ), faculta a los tribunales a pronunciarse sólo sobre aquellos aspectos solicitados en los recursos interpuestos; asimismo, que en virtud de la norma citada, el tribunal de casación debe revisar de oficio, al momento de tomar conocimiento de una causa, si se observaron las leyes y plazos en la tramitación y conclusión de los procesos, aplicando las sanciones que correspondan, en su caso