En este contexto, se advierte que la recurrente planteó recurso de casación carece de técnica
En este contexto, se advierte que la recurrente planteó recurso de casación carece de técnica recursiva, fundamentación y sustento legal, inobservancia que de ningún modo pueden suplirse por este tribunal de casación, sin que esta decisión implique que la parte recurrente pueda argumentar negación del derecho de acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva y de otros derechos fundamentales, cuando ésta forma de resolución obedece al propio descuido y negligencia en que incurrió la parte recurrente a tiempo de formular el recurso de casación omitiendo completamente la carga recursiva por ley establecida
- Auto Supremo Nº 282/2016
- Sucre, 29 de agosto de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.409/2015
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y
- Que, del referido auto de vista, el representante legal de la Universidad Pública de El
- Que en el caso concreto el cambio de rector de la universidad dio lugar a
- Manifiesta flagrante vulneración del art
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
- Por otra parte, de conformidad con la amplia jurisprudencia nacional, que ha sido desarrollada sobre
- En ese entendido, este Supremo Tribunal debe ceñirse a lo expresado en el recurso de
- A mayor abundamiento, también la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho
- En este contexto, se advierte que la recurrente planteó recurso de casación carece de técnica
- Que, a este efecto y de la Universidad revisión del recurso en análisis, se establece
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
