Bajo este marco normativo, se advierte que el Juez Quinto de Partido de Trabajo y
Bajo este marco normativo, se advierte que el Juez Quinto de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció auto declarando improbada la excepción de incompetencia, opuesta mediante memorial de fs. 72 a 73 del expediente original (fs. 29 a 30 del cuadernillo), por Fredy Abdon Endara Jiménez, en representación de la Caja de Salud de la Banca Privada, por lo que interpuso recurso de apelación de fs. 47 a 48 vta., del mismo cuadernillo, siendo concedido en el efecto devolutivo, mediante Auto N° 1194 de 09 de abril de 2014 a fs. 55, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció Auto de Vista N° 75/2015 de 15 de abril, cursante de fs. 84 a 85, del cuadernillo de apelación, confirmando en todas sus partes el Auto de 05 de marzo de 2014, cursante de fs. 77 a 78, dictado por el Juez Quinto de Partido del Trabajo y Seguridad Social
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.415/2015
- Distrito: Santa Cruz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo Social, el Juez Quinto del Trabajo y Seguridad
- Contra este auto, Fredy Abdon Endara Jiménez, en su condición de Administrador de la Caja
- Finalmente Fredy Abdon Endara Jiménez, en su condición de Administrador de la Caja de Salud
- FUNDAMENTOS DE DERECHO
- CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo y antes de considerar los fundamentos del recurso de
- 2- Asimismo, resulta pertinente resaltar lo previsto en el art
- Bajo este marco normativo, se advierte que el Juez Quinto de Partido de Trabajo y
- 3
- Por lo establecido, evidenciándose que el recurso en cuestión, resulta inviable su consideración, puesto que
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se llama la atención a los Vocales del Tribunal ad quem, por no haber dado
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
