Por lo establecido, evidenciándose que el recurso en cuestión, resulta inviable su consideración, puesto que
Por lo establecido, evidenciándose que el recurso en cuestión, resulta inviable su consideración, puesto que impide a este Tribunal Supremo, abrir su competencia para resolver el fondo del litigio, por tanto, corresponde resolver el mismo según lo previsto por los arts. 271.1) y 272.1) ambos del CPC, aplicables por mandato de la norma remisiva contenida en el art. 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social (RCSS)
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.415/2015
- Distrito: Santa Cruz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo Social, el Juez Quinto del Trabajo y Seguridad
- Contra este auto, Fredy Abdon Endara Jiménez, en su condición de Administrador de la Caja
- Finalmente Fredy Abdon Endara Jiménez, en su condición de Administrador de la Caja de Salud
- FUNDAMENTOS DE DERECHO
- CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo y antes de considerar los fundamentos del recurso de
- 2- Asimismo, resulta pertinente resaltar lo previsto en el art
- Bajo este marco normativo, se advierte que el Juez Quinto de Partido de Trabajo y
- 3
- Por lo establecido, evidenciándose que el recurso en cuestión, resulta inviable su consideración, puesto que
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se llama la atención a los Vocales del Tribunal ad quem, por no haber dado
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
