Auto Supremo AS/0572/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0572/2016-RA

Fecha: 02-Ago-2016

Ahora bien, respecto a los motivos primero, segundo y tercero, donde denuncia, que el Auto


Ahora bien, respecto a los motivos primero, segundo y tercero, donde denuncia, que el Auto de Vista recurrido al declarar la improcedencia de su recurso de apelación restringida: i) No se pronunció, valoró, ni consideró que su persona sólo era el cuidante del inmueble, que si bien vivía en el lugar, pero en calidad de casero o cuidante, que no era el dueño de la droga encontrada en la casa, sino Luis Zabala, testimonio que se encontraría corroborado por la declaración de Juan Guzmán, quien el día del operativo llegó al inmueble para cobrar alquiler a Lucho Zabala, aspecto que determinaría si su conducta se adecuó o no, al delito endilgado o se adecuaría a Complicidad o Encubrimiento; ii) Incurrió en contradicción, en sus considerandos cuarto y quinto; y, iii) No consideró que su persona no cuenta con ningún antecedente policial ni penal, aspecto que le resulta importante, a los fines de determinarse si su conducta fue atípica o no. Sobre estos reclamos, el recurrente con poca técnica recursiva en el otrosí de su recurso refiere, que reitera los precedentes invocados en su recurso de apelación restringida; empero, no los citó en la formulación de su recurso de casación; en consecuencia, se tiene que no invocó precedente contradictorio alguno y menos cumplió con la carga procesal de exponer en qué consistiría la contradicción en el que habría incurrido el Auto de Vista recurrido, respecto de algún precedente en los términos exigidos por el segundo párrafo del art. 417 del CPP, aspecto que impide a este Tribunal Supremo realizar la labor que le encomienda la ley, sin que la omisión en la que incurrió el imputado pueda ser suplida de oficio