Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
1) Como primer agravio, el recurrente manifiesta que formuló recurso de apelación restringida alegando la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva; y, que la sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba; empero, el Auto de Vista recurrido declaró improcedente su recurso arguyendo en su quinto considerando que su persona no cumplió con las exigencias del art. 408 del CPP; por cuanto, no habría mencionado de manera precisa cuáles fueron las leyes inobservadas dentro del proceso penal o cuáles fueron las pruebas que habrían sido valoradas defectuosamente, además no hubiere demostrado cuáles fueron los defectos o la aplicación que pretendía, que “el argumento de que sería solamente el cuidante del inmueble, ese argumento resulta ser una coartada o alibi…” (sic); no obstante, asevera que no se pronunció ni valoró que su persona, al momento de prestar su declaración en juicio señaló que sólo era el cuidante del inmueble que vivía en el lugar, pero en calidad de cuidante o casero, que no era el dueño de la droga encontrada en la casa; sino, “LUCHO o LUIS ZABALA”, versión corroborada por Juan Guzmán, quien el día del operativo se encontraba llegando al inmueble para cobrar alquiler a Lucho Zabala, aspecto importante, que asevera determinaría si su conducta fue atípica o no, o si se adecuaría a la conducta de Complicidad o Encubrimiento en el delito de Tráfico de Sustancias Controladas; sin embargo, no fue considerado por el Tribunal
- Por memorial presentado el 25 de mayo de 2016, cursante de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el representante del Ministerio Público (fs
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 18 de mayo de
- Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- 2) Por otra parte, denuncia que los argumentos del Auto de Vista recurrido en sus
- 3) Como otro agravio denuncia, que no se consideró que su persona no cuenta con
- Finamente en el otrosí de su recurso refiere, “A los efectos del artículo 417 de
- III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Ahora bien, respecto a los motivos primero, segundo y tercero, donde denuncia, que el Auto
- En consecuencia, por los fundamentos expuestos se establece que el presente recurso no cumple con
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
