2) Haciendo referencia al hecho fáctico que dio lugar al inicio del proceso penal, afirma
2) Haciendo referencia al hecho fáctico que dio lugar al inicio del proceso penal, afirma que al no existir prueba sobre su responsabilidad, su pretensión fue expresada en apelación restringida, era la nulidad de la Sentencia y la realización de un nuevo juicio; y, pese a esa aclaración el Tribunal de apelación habría rechazado in limine su recurso de apelación, en vulneración del derecho a la justicia e impugnación, señala además que en el caso de autos se vulneró el arts. 124, 173, 169 inc. 3), 370 inc. 4) del CPP, extremos que a decir del recurrente no son susceptibles de apelación y que al haberse negado la impugnación de la Sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia tiene abierta su competencia en aplicación del art. 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), para pronunciarse de oficio
- Por memorial presentado el 28 de enero de 2016, cursante de fs
- I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Haciendo referencia al hecho fáctico que dio lugar al inicio del proceso penal, afirma
- 3) Alega el recurrente que el Tribunal de alzada no habría advertido que se denunció
- 4) Finalmente, refiere que al no haberse considerado los errores in procedendo de la Sentencia,
- El art
- existe contradicción cuando en una situación de hecho similar, el sentido jurídico que se asigna
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
