Auto Supremo AS/0577/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0577/2016-RA

Fecha: 03-Ago-2016

En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad se tiene


En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad se tiene:

En cuanto al primer motivo de casación referido a la vulneración de los arts. 11 y 12 del CPP, por no habérsele permitido a la víctima interrogar al acusado en el juicio oral y contradictorio y que al respecto el Tribunal de alzada se pronunció señalando que oportunamente se debió activar los recursos que le franquea la ley, argumento que a decir de los recurrentes es contrario a los establecido en el Auto Supremo 100 de 24 de marzo de 2005 y la Sentencia Constitucional 803/2003-R de 12 de junio, pues no se verifico la falta de advertencia por aparte del Tribunal de sentencia que la resolución que negó la posibilidad de participar a la víctima en el juicio era recurrible. Del análisis y consideración del referido agravio, se tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en los arts. 416 y 417 del CPP, tanto en el plazo de presentación como se señaló supra, como también en la invocación del precedente contradictorio atinente al caso y la correspondiente precisión de la presunta contradicción del Auto de Vista que se pretende se revea por este Tribunal (falta de advertencia de que la resolución emitida por el tribunal de Sentencia era recurrible), otorgando las bases suficientes para ingresar a realizar la labor de contraste solicitada, constituyendo en consecuencia presupuestos de carácter formal para su admisión