Auto Supremo AS/0647/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0647/2016-RA

Fecha: 24-Ago-2016

El art


Finalmente, invoca los Autos Supremos 113 de 31 de enero de 2007, 179 de 6 de febrero de 2007, 175 de 15 de marzo de 2006, 88 de 18 de marzo de 2008, 151 de 15 de febrero de 2007, 219 de 28 de junio de 2006 y 53 de 19 de marzo de 2012 y las Sentencia Constitucionales 0487/2004-R de 31 de marzo, 1312/2003-R de 9 de septiembre, 1733/2003-R de 27 de noviembre y 1274/01-R de 4 de diciembre de 2001.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP