De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
El recurrente alega que el Auto de Vista impugnado vulnera y lesiona de forma flagrante sus derechos y garantías constitucionales como el principio de inocencia, debido proceso, seguridad jurídica, derecho a la defensa, los principios de igualdad, celeridad, inmediatez, transparencia tutelados por la Constitución Política del Estado en sus arts. 115.II, 117.I, 119.II y 180, incurriendo en defectos absolutos no susceptibles de convalidación de acuerdo a los incs. 3) y 4) del art. 169 del Código de Procedimiento Penal (CPP); es así, que transcribiendo el Auto de Vista recurrido refiere que no obstante el Tribunal de alzada tiene la facultad de corregir de oficio los errores del inferior, esto no sucedió en el presente caso e invoca los Autos Supremos 6/2014 de 10 de febrero, 141 de 22 de abril de 2006 y 40/2013 de 2 de diciembre.
En ese ámbito, afirma que el Auto de Vista incurre en falta de fundamentación al resolver el punto apelado referido a la inobservancia del art. 124 del CPP, por existir defectos de fundamentación en la sentencia de acuerdo al inc. 5) del art. 370 del CPP; a cuyo efecto, cita los Autos Supremos 396/2014-RRC de 18 de agosto, 368/2012 de 5 de diciembre y 86/2013 de 26 de marzo
- Por memorial presentado el 30 de mayo de 2016 cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el recurrente Luis Villca Arteaga, interpuso recurso de apelación restringida
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 23 de mayo de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes se tiene, que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Ahora bien, en cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que el recurrente
- Ahora bien, pese a la considerable mención y trascripción de normas constitucionales, se advierte que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
