Auto Supremo AS/0661/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0661/2016-RA

Fecha: 31-Ago-2016

Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

Los recurrentes refieren que: “de la valoración de las garantía y el debido proceso y los principios de legalidad”, el Tribunal de alzada no efectuó una correcta revisión del proceso, pues habría realizado una valoración general de la prueba y de los hechos, pues en el caso de autos existen más personas procesadas y que ellos no vivían en la casa donde ocurrieron los hechos y si bien eran conocidos de los otros acusados, el Ministerio Público no demostró que ellos vivían en el lugar ni que hubiesen elementos que los vinculen con los hechos investigados; sin embargo, de ello el Tribunal de apelación sin convocarlos a audiencia de fundamentación anuló la Sentencia absolutoria, sin fundamentar de qué manera el Ministerio Público se vio afectado o disminuido en el juicio o si se le privó de algún derecho. Sumado a ello, el Tribunal de alzada hubiere revalorizado la prueba, anulando la sentencia de manera ilegal y con falta absoluta de fundamentación. Bajo ese argumento, hacen una transcripción de los arts. 8 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 394, 407, 370, 416, 239 y 3 del Código de Procedimiento Penal (CPP), también hace una breve conceptualización del principio de imparcialidad reconocido por los arts. 178 y 232 de la Constitución Política del Estado (CPE), principio de igualdad plasmado por los arts. 8, 14, 119, 180 y 232 de la CPE, principio de legalidad o primacía de la Ley y art. 167 de la citada Ley, principio del debido proceso definido por la Sentencia Constitucional 0293/2011-R de 29 de marzo de 2010, art. 173, 124 del CPP, principio de congruencia, arts. 116, 115 de la CPP y como precedentes contradictorios trascriben parcialmente los Autos Supremos 248/2012-RRC de 10 de octubre, 229/2012 de 27 de septiembre, 337/2011 de 13 de junio, 029/2007 de 26 de enero y 192/2013 de 11 de julio