Por memorial presentado el 5 de febrero de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 662/2016-RA
Sucre, 31 de agosto de 2016
Expediente: La Paz 41/2016
Parte Acusadora : Jorge Guillermo Nolasco Celis
Parte Imputada: Karen Nancy Tapia Ali
Delito : Cheque en Descubierto
RESULTANDO
Por memorial presentado el 5 de febrero de 2016, cursante de fs. 682 a 685, Karen Nancy Tapia Ali, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 267/2015 de 21 de diciembre, de fs. 660 a 664, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Jorge Guillermo Nolasco Celis contra la parte recurrente, por la presunta comisión del delito de Cheque en Descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 662/2016-RA
Sucre, 31 de agosto de 2016
Expediente: La Paz 41/2016
Parte Acusadora : Jorge Guillermo Nolasco Celis
Parte Imputada: Karen Nancy Tapia Ali
Delito : Cheque en Descubierto
RESULTANDO
Por memorial presentado el 5 de febrero de 2016, cursante de fs. 682 a 685, Karen Nancy Tapia Ali, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 267/2015 de 21 de diciembre, de fs. 660 a 664, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Jorge Guillermo Nolasco Celis contra la parte recurrente, por la presunta comisión del delito de Cheque en Descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 5 de febrero de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia y su Auto Complementario, la imputada Karen Nancy Tapia Ali,
- c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 2 de febrero de
- Del memorial que cursa de fs. 682 a 685, se extraen los siguientes motivos
- 2) Como segundo agravio, denuncia que el Auto de Vista recurrido en su parte
- 3) Por otra parte, refiere que en apelación restringida reclamó, la acción de negársele a
- 4) Finalmente reclama, que el Tribunal de alzada resolvió directamente su recurso de apelación, no
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes, se tiene que la recurrente cumplió con el primer requisito
- Ahora bien, respecto al primer motivo en el que denuncia, que el Auto de Vista
- Respecto a los motivos segundo, tercero y cuarto, en los que denuncia que: i) El
- En consecuencia, el motivo en examen no cumple con los requisitos previstos por los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el artículo
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
