Entendimiento orientado por este Supremo Tribunal en diversos fallos entre ellos el Auto Supremo Nº
Entendimiento orientado por este Supremo Tribunal en diversos fallos entre ellos el Auto Supremo Nº 32/2015 que señaló: “Respecto a la falta de pronunciamiento del segundo punto apelado, se debe indicar que, el Ad quem, de forma genérica arribó a la conclusión de que el Auto de 10 de junio de 2003 que resolvió las excepciones no se las puede revisar en vía del recurso de apelación porque dicha resolución hubiera causado ejecutoria, esa es una respuesta de forma general a las acusaciones relativas a la forma de resolución de las excepciones formuladas por los recurrentes
- Que, el Juez de Partido de Tercero en lo Civil y Comercial del Departamento de
- 2
- Fondo
- Forma
- No se ha respondido su reclamo sobre la cosa juzgada
- Señala que no se ha valorado su documental que evidencia la existencia de cosa juzgada
- Refiere de forma genérica que el recurso de casación no cumple con los requisitos establecidos
- III.2.- De la cosa juzgada
- Por su parte nuestra legislación ha recogido dicho instituto en el art
- Cuando una sentencia adquiere calidad de cosa juzgada se derivan una serie de efectos que
- III.4.- Sobre la obligación de agotar la solicitud de complementación y enmienda
- De lo que se concluye cuando se alegue en amparo de esta causal art
- Entendimiento orientado por este Supremo Tribunal en diversos fallos entre ellos el Auto Supremo Nº
- En sus dos siguientes reclamos alude que el Tribunal de Segunda instancia no
- En cuanto a este tópico, se debe señalar al recurrente que si advirtió que el
- Del reclamo incoado se advierte que se acusa la existencia de cosa Juzgado, debido a
- Por todo lo expuesto, corresponde a este Tribunal Supremo fallar en la forma prevista por
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
