Auto Supremo AS/0360/2016-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0360/2016-I

Fecha: 30-Sep-2016

Que, el auto de vista impugnado causa graves daños a la institución demandada por los

Notificado con la Sentencia Nº 16/2015, la parte demandada, interpuso recurso de apelación mediante memorial de fs. 73 y vta., recurso que fue resuelto por Auto de Vista Nº 07 de 2 de marzo de 2016, de fs. 86 a 87 vta., pronunciado por la Sala Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, confirmando la sentencia apelada, en cumplimiento del art. 48 de la Constitución Política del Estado, con costas.
Contra el referido auto de vista, la institución demandada, interpuso recurso de casación, de fs. 155 y vta., manifestando en síntesis los siguientes argumentos:
I.3 Motivos de recurso de casación.-
Que, el auto de vista impugnado causa graves daños a la institución demandada por los siguientes motivos:
El art. 57 de la Ley General del Trabajo, establece que la prima se cancelara a todo empleado o funcionario, que figura en planilla al momento de pago y no así a personas desvinculadas, por lo que al confirmarse la sentencia indicada se vulnero esta norma laboral. Además que para condenar el pago de la prima, debe demostrarse que los estados financieros de la persona demandada deben estar aprobados por el Ministerio de Trabajo, situación que establece si hubo o no ganancias o pérdidas, lo cual se efectuó bajo la presunción de existencia de utilidades