Auto Supremo AS/0676/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0676/2016-RA

Fecha: 12-Sep-2016

En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que los recurrentes alegan que


En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que los recurrentes alegan que tanto en el Auto de Vista como en la Sentencia se aplicaron erróneamente las siguientes disposiciones legales: i) El art. 271 con relación a los arts. 37, 38 y 40 del CP, por cuanto existe la Resolución 48/2015 contra Alfonso Pusarico y Fortunata Quispe con los mismos fundamentos, observando que la pena debió ser impuesta de acuerdo a los arts. 13, 37, 38 y 40 del CP y el principio de proporcionalidad; sin embargo, no se estableció su grado de partición y de otros que no fueron acusados, purgando así una pena injusta; empero, en Sentencia no se hace referencia a su personalidad y sus características, tampoco la gravedad del hecho, extrañando que no se acudió al principio in dubio pro reo; y, ii) El art. 124 del CPP, al carecer la Sentencia de fundamentación fáctica probatoria y jurídica incurriendo en un defecto absoluto [arts. 310 inc. 5) y 169 inc. 3) del CPP], estableciendo sólo antecedentes y el hecho, finalizando que debieron aplicarse los arts. 116.I de la CPE y 363 incs. 2) y 4 del CPP