Auto Supremo AS/0701/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0701/2016-RA

Fecha: 19-Sep-2016

El art


3) Como tercer motivo denuncia que no se habría fundamentado la decisión para imponer el quantum de la pena.

Concluye pidiendo se admita el recurso y deliberado en el fondo se revoque la Resolución impugnada; y, se disponga que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dicte nuevo fallo anulando la sentencia.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP