De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 38/2014 de 24 de noviembre (fs. 2521 a 2532), el Tribunal Séptimo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a la imputada Eva Daza Ortubé, autora de la comisión del delito de Tentativa de Homicidio, tipificado por el art. 251 con relación al art. 8) del CP, imponiéndole la pena de cuatro años de privación de libertad.
b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada (fs. 2533 a 2540) y el acusador particular (fs. 2542 a 2544), interpusieron recursos de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 38 de 10 de junio de 2015 (fs. 2625 a 2628 vta.), que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 131/2016-RRC de 22 de febrero (fs. 2678 a 2989); en cuyo mérito, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dictó el Auto de Vista 38 del 29 de junio del 2016 (fs. 2696 a 2704), que declaró admisible e improcedente los recursos de apelación planteados por la parte acusada como por la querellante, modificando la pena a tres años de reclusión contra la imputada
- Por memoriales presentados el 21 de julio del 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencias del 14 de julio de 2016 (fs
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- 1) Al Auto Supremo 131/2016-RRC del 22 de febrero, señaló que la revisión de oficio
- III.REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 14 de julio de 2016, fueron
- IV. Recurso de casación de Mirna Arancibia Belaunde en representación de William Torres Tordoya
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
