De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos:
II.1.Del recurso de casación de Mirna Arancibia Belaunde en representación de William Torres Tordoya
Alegan que, el Auto de Vista incumple lo establecido por el Auto Supremo 131/2016-RRC del 22 de febrero, ya que dicho precedente estableció que el Tribunal de alzada tenía la obligación de observar “no solo la personalidad de la autora, la mayor o menos gravedad del hecho, las circunstancias y las consecuencias del delito, sino también la normativa referente al concurso de delitos y a la tentativa” (sic), aspecto que no fue observado por el Tribunal de alzada, pese de existir una defectuosa fundamentación en la Sentencia por errónea aplicación de la Ley Sustantiva, al respecto se tiene el Auto Supremo 46/2012-RRC del 23 de marzo y 125/2013-RRC del 10 de mayo, cuyos entendimiento fueron asumidos por los Autos Supremos 343/2015-RRC del 3 de junio y 728/2015-RRC-L del 12 de octubre; pero aclara que con la finalidad de aplicar correctamente el alcance del art. 45 del CP, la Sala Penal del Tribunal Supremo mediante Auto Supremo 555/2014-RRC del 15 de octubre, señalo que, cuando concurre el concurso real la pena a aplicarse debe ser la del delito más grave, lo que no necesariamente implica la pena máxima del referido tipo penal, previendo a continuación que el Juez puede aumentar el máximo hasta la mitad, sin embargo el Tribunal de alzada omitió el cálculo del concurso de delitos tal como prevé el art. 45 del CP, debiendo incrementar la sanción en una mitad, es decir a los tres años y tres meses debieron sumarle 1(un) año, 7 (siete) meses y 15 (quince) días, teniéndose como resultado la pena a imponerse a 4 (cuatro) años, 10 (diez) meses y 15 (quince) días
- Por memoriales presentados el 21 de julio del 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencias del 14 de julio de 2016 (fs
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- 1) Al Auto Supremo 131/2016-RRC del 22 de febrero, señaló que la revisión de oficio
- III.REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 14 de julio de 2016, fueron
- IV. Recurso de casación de Mirna Arancibia Belaunde en representación de William Torres Tordoya
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
