Por memoriales presentados el 21 de julio del 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 762/2016-RA
Sucre, 29 de septiembre de 2016
Expediente: Santa Cruz 84/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Eva Daza Ortubé
Delito: Tentativa de Homicidio
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 21 de julio del 2016, cursante de fs. 2733 a 2736 vta., y fs. 2747 a 2750 vta., Mirna Arancibia Belaunde en representación de William Torres Tordoya y Eva Daza Ortubé, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 38 del 29 de junio del 2016, de fs. 2696 a 2704, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y William Torrez Tordoya en contra de la recurrente, por la presunta comisión del delito de Tentativa de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 con relación al art. 8 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 762/2016-RA
Sucre, 29 de septiembre de 2016
Expediente: Santa Cruz 84/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Eva Daza Ortubé
Delito: Tentativa de Homicidio
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 21 de julio del 2016, cursante de fs. 2733 a 2736 vta., y fs. 2747 a 2750 vta., Mirna Arancibia Belaunde en representación de William Torres Tordoya y Eva Daza Ortubé, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 38 del 29 de junio del 2016, de fs. 2696 a 2704, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y William Torrez Tordoya en contra de la recurrente, por la presunta comisión del delito de Tentativa de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 con relación al art. 8 del Código Penal (CP)
- Por memoriales presentados el 21 de julio del 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencias del 14 de julio de 2016 (fs
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- 1) Al Auto Supremo 131/2016-RRC del 22 de febrero, señaló que la revisión de oficio
- III.REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 14 de julio de 2016, fueron
- IV. Recurso de casación de Mirna Arancibia Belaunde en representación de William Torres Tordoya
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
