Respecto a este punto corresponde realizar las siguientes consideraciones de orden legal
II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación:
Respecto a este punto corresponde realizar las siguientes consideraciones de orden legal:
II.2.1.- De manera introductoria corresponde señalar que el parágrafo I del art. 270 de la Ley Nº 439 de 19 de noviembre de 2013, con vigencia plena desde fecha 06 de febrero de 2016, preceptúa que: “(Procedencia) I. El recurso de casación procederá para impugnar autos de vista dictados en procesos ordinarios…”
Asimismo, el art. 271 del mismo Código Procesal Civil, al hacer referencia a las causales de casación, establece: “(Causales de Casación) I. El recurso de casación se funda en la existencia de una violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley, sea en la forma o en el fondo. Procederá también cuando en la apreciación de las pruebas se hubiera incurrido en error de derecho o error de hecho. Este último deberá evidenciarse por documentos o actos auténticos que demuestren la equivocación manifiesta de la autoridad judicial
- Beatriz Yucra Flores
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1.- Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Respecto a este punto corresponde realizar las siguientes consideraciones de orden legal
- II
- III
- De igual manera, el art
- Por su parte el art
- En relación a lo anterior, corresponde concretar que la uniforme línea Jurisprudencial asumida por éste
- De lo analizado se infiere que la recurrente en una misma relación de hechos y
- Aspectos estos que no son debidamente comprendidos por la ahora recurrente, porque funda su denuncia
- De lo examinado, se concluye la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
