FONDO
FONDO:
1.-Señala que existe un derecho de copropiedad del bien inmueble objeto de Litis que pertenecía a sus padres y al fallecimiento de su padre, su madre se hizo declarar heredera forzosa ab intestato salvándose sus derechos y de sus hermanos, por lo que el bien inmueble objeto de Litis se sustenta bajo una copropiedad originada por declaratoria de herederos, motivo por el cual su madre no podía vender sin el consentimiento de los demás coherederos, razón por la cual cualquier contrato presenta anulabilidad
1.-Señala que existe un derecho de copropiedad del bien inmueble objeto de Litis que pertenecía a sus padres y al fallecimiento de su padre, su madre se hizo declarar heredera forzosa ab intestato salvándose sus derechos y de sus hermanos, por lo que el bien inmueble objeto de Litis se sustenta bajo una copropiedad originada por declaratoria de herederos, motivo por el cual su madre no podía vender sin el consentimiento de los demás coherederos, razón por la cual cualquier contrato presenta anulabilidad
- FORMA
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- FONDO
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- Y que el derecho de su madre era perfecto y oponible a terceros conforme
- Señala que el demandante reconoce el derecho propietario de su progenitora de forma tácita, y
- De igual forma expresa que los terceros adquirientes actuales propietarios no pueden verse afectados por
- Concluye señalando que constan los fundamentos, razones legales y jurisprudencia que desembocan en la parte
- III.2.- Del principio de impugnación
- En ese entendido se encuentra el recurso de apelación, derecho que cuenta la parte agraviada
- La impugnación o apelación de fallos judiciales es una garantía judicial que da paso a
- asimismo el A
- III.3.- De la congruencia del Auto de Vista
- Recordemos, que la incongruencia positiva tiene como modalidades: "ultra petita", cuando el Juez otorga más
- Respecto a la falta de fundamentación, como agravio de forma de la resolución recurrida, el
- Sin embargo, como es lógico, la fundamentación de la Resolución de Alzada debe circunscribirse a
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Del análisis del recurso de casación en la forma se advierte que sus dos primeros
- En ese antecedente del análisis del recurso de apelación, se evidencia que el mismo está
- Siendo evidente la nulidad a disponerse no corresponde pronunciarse en lo que concierne a los
- Por los motivos expuestos corresponde dictar resolución conforme manda el art
- Sin responsabilidad por ser excusable
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
