Auto Supremo AS/0008/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0008/2017-RA

Fecha: 17-Ene-2017

Al efecto, invocan como jurisprudencia aplicable las Sentencias Constitucionales 1917/2004-R de 13 de diciembre y


2) Con relación al segundo precedente contradictorio, refieren que el Auto de Vista recurrido indica que: “existencia de dos procesos, cuyo origen es el mismo hecho, no puede dar lugar a la apertura de dos procesos, cuando los sujetos son los mismos…” (sic); empero, ellos desconocían la resolución de acumulación de procesos; por lo que, la Resolución 5/2016 debió ser respetada ya que se siguió un proceso conforme a derecho, sin mellar los derechos de ninguno de los acusados, estableciendo la contradicción con dicho precedente ya que la decisión recurrida se torna arbitral e incongruente alejándose de la jurisprudencia establecida, sin contener un razonamiento ecuánime ni equilibrado conforme al derecho vigente, traduciéndose en una serie de compilaciones de conceptos irrazonables y frustrantes a la garantía constitucional del debido proceso, desmereciendo la fe probatoria y las pruebas aportadas desde primera instancia.

Al efecto, invocan como jurisprudencia aplicable las Sentencias Constitucionales 1917/2004-R de 13 de diciembre y 1845/2004-R de 30 de noviembre