Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que el recurrente denuncia que existiría
Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que el recurrente denuncia que existiría una inadecuada valoración de la prueba para establecer las agravantes establecidas en los arts. 310 incs. 1) y 2), 270 inc. 4) del CP; además, de vulneración de los arts. 133 y 135 del CP y el cuestionamiento a que no se le declaró de oficio la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso; se tiene que recordar a la parte recurrente, que conforme se expuso en el apartado III del presente Auto Supremo, se debe tener presente que, conforme a la naturaleza jurídica del recurso de casación en materia penal, el mismo está destinado a unificar jurisprudencia asegurando la vigencia del principio de igualdad; por lo que, este Máximo Tribunal de Justicia, únicamente puede realizar control de legalidad y derecho sobre los razonamientos del Auto de Vista recurrido, mas no directamente sobre las actuaciones procesales e interpretaciones sustantivas efectuadas por el Tribunal de mérito. En ese entendido, un motivo será admisible si el mismo está mínimamente fundamentado dentro de los alcances del recurso de casación expuestos
- Por memorial presentado el 27 de enero de 2016, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Concluye solicitando que se le conceda el recurso de casación, que el Tribunal Supremo de
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que el recurrente denuncia que existiría
- Se observa que el recurrente, casi en extenso en su recurso de casación se refiere
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
