Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
1)El recurrente denuncia que el Tribunal de apelación no hizo una correcta valoración fáctica de las pruebas, pues indicó que existieron testigos de cargo; sin embargo, no pueden válidos porque no presenciaron el hecho del accidente y en su declaración no señalaron quién o quiénes eran los responsables del hecho ocurrido; tampoco, se probó la existencia de personas gravemente heridas, pues no existieron certificados médicos. Por otro lado, en cuanto a la pericia realizada por el perito Vargas, éste no había podido demostrar con exactitud quién o quiénes eran los autores del accidente de tránsito, además de no poder ser considerado testigo al no presenciar los hechos.
2)En cuanto a las pruebas literales que, refiere en todo el juicio no se aportó ninguna prueba de este tipo para poder terminar si hubo víctimas y que su persona haya ocasionado el accionante.
3)Respecto al informe pericial, el Auto de Vista señaló que supuestamente no se pidió la exclusión del informe pericial que en la audiencia conclusiva dicho informe ya fue judicializado y por lo tanto no se pudo excluir
- Por memorial presentado el 17 de agosto, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- 4)El Tribunal de apelación no mencionó ni da razones del porque el Juez a quo
- 5)Pidió la exclusión probatoria del certificado de Transporte Charaña, ante el Juez inferior, sin embargo,
- Con dichos argumentos asevera que la Sentencia y el Auto de Vista violan los principios
- El art
- diverso alcance; pues debe tenerse presente, que en el actual régimen de recursos establecido por
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, se tiene en cuanto al motivo primero,
- En cuanto al segundo y quinto motivo, el recurrente soslaya que en el recurso de
- En cuanto al tercer motivo, se advierte al recurrente que precisamente en respeto de las
- En relación al motivo cuarto, el recurrente no citó precedente contradictorio alguno; en consecuencia, no
- En cuanto a la denuncia genérica de lesión de los principios de equidad, el debido
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
