En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente en el primer
En el caso de autos, se establece que el 14 de octubre del 2016, fue notificado el recurrente, con el Auto de Vista impugnado; y, el 20 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, cumplimiento del requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP.
En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente en el primer motivo de casación, a tiempo de alegar que el Ad quem, vulneró el debido proceso por no considerar que en el caso de autos no era aplicable el art. 331 del CPP, al no ser su persona como procesado, menor de edad; incumplió con el requisito de invocar precedente contradictorio; y en consecuencia, tampoco estableció la posible contradicción entre éste y la Resolución impugnada, incumpliendo con los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 de la norma Adjetiva Penal. Por otro lado, si bien alegó la vulneración del derecho al debido proceso, proveyendo los antecedentes generadores del mismo, olvidó explicar el resultado dañoso de dicha vulneración, y tampoco vinculó el mismo a la existencia de un defecto absoluto conforme lo previsto por el art. 169 del CPP, incumpliendo con proveer todos los requisitos de flexibilización, para una posible admisión vía excepcional
- Por memorial presentado el 20 de octubre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 14 de octubre de 2016 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Alega que el Tribunal de apelación de manera contradictoria a los datos del proceso,
- 3) Invocando los arts
- 4) Refiere, que el Tribunal de apelación a tiempo de resolver la denuncia de violación
- 5) Respecto al presunto defecto de sentencia previsto por el inc
- 6) Finalmente, acusa que el Ad quem, habría manifestado en cuanto a su denuncia de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente en el primer
- En el segundo y tercer motivos de casación, por los cuales el recurrente denuncia que
- En el cuarto motivo de casación, el recurrente a tiempo de denunciar que el Tribunal
- En el quinto motivo, el recurrente alega que el Ad quem, argumentó, que no puede
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
