Por memorial presentado el 11 de noviembre de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 050/2017-RA
Sucre, 20 de enero de 2017
Expediente : Pando 36/2016
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada : Rodolfo Miguel Vargas Sillerico
Delito : Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 11 de noviembre de 2016, cursante de fs. 43 a 44 vta., Rodolfo Miguel Vargas Sillerico, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 26 de agosto de 2016, de fs. 38 a 40, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por los arts. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 050/2017-RA
Sucre, 20 de enero de 2017
Expediente : Pando 36/2016
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada : Rodolfo Miguel Vargas Sillerico
Delito : Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 11 de noviembre de 2016, cursante de fs. 43 a 44 vta., Rodolfo Miguel Vargas Sillerico, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 26 de agosto de 2016, de fs. 38 a 40, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por los arts. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 11 de noviembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
- c) Por diligencia de 7 de noviembre de 2016 (fs
- De la revisión del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El Auto de Vista impugnado, aplicó erróneamente el art
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, transcripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el recurso fue interpuesto dentro del plazo
- El recurrente, en primer lugar argumenta la existencia de defectos absolutos de acuerdo al art
- Ahora bien, en cuanto a la alusión que efectúa el recurrente respecto al a existencia
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
