Por memorial presentado el 23 de septiembre de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 078/2017-RA
Sucre, 24 de enero de 2017
Expediente: Tarija 82/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Daniel Antonio Escalante Sandoval
Delitos: Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidentes de Tránsito y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 23 de septiembre de 2016, cursante de fs. 317 a 324 vta. Daniel Antonio Escalante Sandoval, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 92/2016 de “9 de septiembre de 2015” (sic), de fs. 302 a 304 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Maida Sonia Ortega Ortega contra el recurrente, por los delitos de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito, y Omisión de Socorro, previstos y sancionados por los arts. 261 y 262 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 078/2017-RA
Sucre, 24 de enero de 2017
Expediente: Tarija 82/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Daniel Antonio Escalante Sandoval
Delitos: Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidentes de Tránsito y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 23 de septiembre de 2016, cursante de fs. 317 a 324 vta. Daniel Antonio Escalante Sandoval, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 92/2016 de “9 de septiembre de 2015” (sic), de fs. 302 a 304 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Maida Sonia Ortega Ortega contra el recurrente, por los delitos de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito, y Omisión de Socorro, previstos y sancionados por los arts. 261 y 262 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 23 de septiembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia el Ministerio Público formuló recurso de apelación restringida (fs
- c) Por diligencia de 19 de septiembre de 2016 (fs
- Del memorial de 317 a 324 vta., se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo
- El recurrente en relación al primer motivo, denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en
- Sobre el segundo motivo, primordialmente reclama, que el Tribunal de apelación revalorizó el acta de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
