Sobre el segundo motivo, primordialmente reclama, que el Tribunal de apelación revalorizó el acta de
No obstante, este Tribunal Supremo de Justicia ha establecido los requisitos para
Sobre el segundo motivo, primordialmente reclama, que el Tribunal de apelación revalorizó el acta de peritaje y el muestrario fotográfico, realizando una interpretación subjetiva de lo supuestamente afirmado por la Juez de Sentencia, concluyendo que se incurrió en defectuosa valoración de la prueba e indebida fundamentación, sin tomar en cuenta que no existe segunda instancia de revalorización de la prueba; a cuyo efecto, si bien invoca los Autos Supremos: 176/2013 de 24 de junio, 277/2008 de 13 de agosto, 200/2012 de 24 de agosto, 014/2013 de 6 de febrero, 271/2013 de 17 de octubre y 504/2007 de 11 de octubre, al igual que en el motivo antes expuesto, no explica de manera precisa y fundada cuál el hecho similar y la posible contradicción del sentido jurídico asignado que pudiera existir en el Auto de Vista impugnado con las resoluciones judiciales invocadas, no siendo suficiente el hecho de transcribir partes de ellas o simplemente citarlas, sino que tiene la obligación procesal de explicar la supuesta contradicción en el marco legal previsto en los arts. 416 y 417 del CPP, al no haberlo hecho, corresponde declarar el presente motivo inadmisible
- Por memorial presentado el 23 de septiembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia el Ministerio Público formuló recurso de apelación restringida (fs
- c) Por diligencia de 19 de septiembre de 2016 (fs
- Del memorial de 317 a 324 vta., se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo
- El recurrente en relación al primer motivo, denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en
- Sobre el segundo motivo, primordialmente reclama, que el Tribunal de apelación revalorizó el acta de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
