La persona que considera que no es autor o partícipe del hecho ilícito o que
La persona que considera que no es autor o partícipe del hecho ilícito o que no sucedió el hecho atribuido o se haya descubierto un hecho preexistente que le libere de responsabilidad penal, y que para ello presente los elementos e indicios que conduzcan a esta verdad al haberse revelado la inexistencia del hecho o que los elementos de prueba hagan constar que la persona condenada no fue autor o partícipe del hecho ilícito por el que fue sancionado, entonces se activa el derecho inherente al condenado, sancionado indebidamente a cuestionar la Sentencia ejecutoriada y manifestar su pedido mediante el Recurso de Revisión de Sentencia con el fin de enmendar la decisión judicial que injustamente le priva de libertad y mella su dignidad
- AUTO SUPREMO:
- FECHA:
- EXPEDIENTE Nº:
- PROCESO: Revisión Extraordinaria de Sentencia
- PARTES: Ponciano Quenta Vela y Luciano Otorola Fernández
- MAGISTRADA TRAMITADORA: Maritza Suntura Juaniquina
- CONSIDERANDO I: Que del contenido del recurso deducido, los recurrentes señalan que
- Manifiestan que, en todo momento fueron tratados como culpables, habiendo sido obligados a declarar en
- Agregan que, se suscitaron irregularidades en la tramitación de la causa; el abogado asignado como
- Señalan que, el auto de explicación, complementación y enmienda, reconocería que la prueba aportada por
- Concluyen, que por las documentales adjuntas al presente recurso, consistentes en una copia legalizada del
- Con estos fundamentos e invocando el artículo 421 numeral 4) incisos a) y b) del
- CONSIDERANDO II: Que, de la interpretación de la norma Procesal Penal incurso en el artículo
- La persona que considera que no es autor o partícipe del hecho ilícito o que
- Que la Revisión de Sentencia constituye un recurso extraordinario por el que es posible impugnar
- De la revisión del memorial del recurso presentado y de la documentación adjunta, consistente en
- POR TANTO: La Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Al efecto, líbrese provisión citatoria, comisionando su diligenciamiento a la Presidencia del Tribunal Departamental de
- Al Otrosí 1°.- Arrímese a sus antecedentes, con noticia de parte contraria
- Al Otrosí 2°.- Se tiene presente
- Al Otrosí 3°
- Regístrese, notifíquese y archívese
- Sala Plena
