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5.En el presente caso, la Embajada de la República Argentina en Bolivia, mediante nota REB Nº 293 de 13 de julio de 2017, solicita la Detención Preventiva con fines de Extradición de la ciudadana boliviana Alicia Terrazas Balderrama, a efectos de ser sometida a proceso y recepción de declaración indagatoria por la comisión de delito de sustracción de menores e impedimento de contacto de un menor de diez años con su progenitor no conviviente, agravado por haberse mudado al extranjero sin autorización judicial; en tal caso, el Estado Requirente cumple con los requisitos exigidos por el art. 20 del Tratado de Extradición suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la República Argentina, para solicitar la detención preventiva de la requerida
- AUTO SUPREMO: 111/2017
- FECHA:Sucre, 30 de octubre de 2017
- EXPEDIENTE Nº:14/2017
- PROCESO:Detención Preventiva con Fines de Extradición
- MAGISTRADO TRAMITADOR:Maritza Suntura Juaniquina
- VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de la Embajada de la República Argentina, sobre detención
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los antecedentes del proceso, se evidencia lo siguiente
- CONSIDERANDO I: Que, habiendo revisado los antecedentes de la solicitud de extradición de la ciudadana
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- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Para el efecto, al no existir datos precisos acerca de su paradero en Bolivia, se
- Una vez ejecutado el mandamiento, las autoridades comisionadas o la del lugar donde sea aprendido
- Asimismo, a los efectos del debido proceso, el Juez comisionado deberá velar porque la detenida
- A los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere el
- Comuníquese con la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sala Plena
