Lita Sandra Camacho Montero responde el Recurso de Casación planteado señalando que debe declararse improcedente
I.2.3. Respuesta al Recurso de Casación planteado
Lita Sandra Camacho Montero responde el Recurso de Casación planteado señalando que debe declararse improcedente en base a los siguientes argumentos:
1.- Transcribe el art. 48 de la Constitución Política del Estado, en sus dos parágrafos, para sustentarse en dicho artículo para referirse al Principio de protección del derecho laboral. Mencionando también el art. 4 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, que arroja claridad sobre que debe entenderse sobre el Principio Protector, referido a que el Estado tiene la obligación de proteger al trabajador asalariado, entendido en base a las reglas:
Indubio Pro Operario; de la Condición más beneficios de existir una situación concreta anteriormente reconocida, ésta debe ser respetada, en la medida que sea más favorable al trabajador, ante la nueva norma que se ha de aplicar
Lita Sandra Camacho Montero responde el Recurso de Casación planteado señalando que debe declararse improcedente en base a los siguientes argumentos:
1.- Transcribe el art. 48 de la Constitución Política del Estado, en sus dos parágrafos, para sustentarse en dicho artículo para referirse al Principio de protección del derecho laboral. Mencionando también el art. 4 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, que arroja claridad sobre que debe entenderse sobre el Principio Protector, referido a que el Estado tiene la obligación de proteger al trabajador asalariado, entendido en base a las reglas:
Indubio Pro Operario; de la Condición más beneficios de existir una situación concreta anteriormente reconocida, ésta debe ser respetada, en la medida que sea más favorable al trabajador, ante la nueva norma que se ha de aplicar
- I.1. Antecedentes del Proceso
- I.1.1. Sentencia
- Que, tramitado el proceso por “Beneficios Sociales” seguido por Lita Sandra Camacho Montero, contra la
- Ante tal determinación, ambas partes apelan la Sentencia
- I.1.2.Auto de Vista
- Interpuesto el Recurso de Apelación de fs
- I.2.MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Ante la determinación del Auto de Vista, la Sociedad de Responsabilidad Limitada “El Molle” mediante
- Jaime Segovia Fernández, en representación de la empresa señala que del análisis minucioso de la
- Menciona que ni la Sentencia ni el Auto de Vista, señalan como se valoró la
- Manifiesta que es humanamente imposible trabajar de noche hasta altas horas y en el día
- Aduce que se estaría violentando su derecho a una defensa justa y a un debido
- Reitera que la actora nunca recibió un salario de manera mensual sino recibió un pago
- Por todo los manifiestamente expuesto solicita se case o anule la Sentencia apelada, cursante a
- Lita Sandra Camacho Montero responde el Recurso de Casación planteado señalando que debe declararse improcedente
- 2
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- Concluyendo que la parte patronal presentó un Recurso de Casación violando el principio de legalidad
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- Pide declare improcedente el Recurso de Casación planteado
- La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera, mediante Auto Supremo Nº 349-A
- CONSIDERANDO II
- Con relación a la valoración de la confesión judicial provocada, el juez de instancia en
- Es decir que la entidad debía presentar pruebas fehacientes que desvirtúen lo alegado por la
- Con relación a que la impetrante trabajaba además como docente en un establecimiento de Educación,
- Con relación al Reglamento Interno de la Estación de Servicios El Molle SRL
- Con base en lo expuesto, se concluye que los de instancia obraron en el marco
- En el caso de Autos, tanto la Sentencia como el Auto de Vista efectuaron
- Por lo expuesto, toca resolver el Recurso de Nulidad Casación parcial, aplicando la disposición contenida
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
