Auto Supremo AS/0285/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0285/2017

Fecha: 16-Oct-2017

Que, los Tribunales de segundo grado, al constituir órganos judiciales de conocimiento y no así

I.4 Admisión
Mediante Auto Supremo Nº 380/2016-A, de 8 de noviembre, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia resolvió admitir el Recurso de Casación interpuesto por la Empresa Brinks Bolivia S.A. representada legalmente por Ivonne Ximena Baldivia Espinoza, cursante de fs. 218 a 222
CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
Que, los Tribunales de segundo grado, al constituir órganos judiciales de conocimiento y no así de puro derecho como es el Tribunal de casación, tienen la facultad de analizar y resolver todos los fundamentos de los recursos de alzada, apreciando y considerando el conjunto de la prueba acumulada al proceso, no pudiendo soslayarse la resolución de la causa, si en el texto de los memoriales de la apelación, constan fundamentos y especialmente agravios que deben ser considerados y resueltos sin restricción alguna