Auto Supremo AS/0795/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0795/2017-RA

Fecha: 17-Oct-2017

2)Arguye la recurrente que el Auto de Vista recurrido no se pronunció respecto a sus



2)Arguye la recurrente que el Auto de Vista recurrido no se pronunció respecto a sus denuncias concernientes a la vulneración: i) Del art. 370 inc. 2) con relación al art. 169 inc. 3) del CPP, porque el Tribunal de Sentencia no hubiera realizado una suficiente individualización para determinar quién o quiénes estuvieron en el momento y lugar de los hechos, incurriendo en insuficiente fundamentación del fallo; ii) Al art. 370 inc. 5) con relación al art. 169 inc. 3) del CPP; porque el Tribunal de sentencia no realizó una suficiente fundamentación; iii) El art. 370 inc. 10) con relación al art. 169 inc. 3) del CPP, porque el Tribunal de Sentencia no observó las reglas previstas para la deliberación y redacción de la Sentencia; y, iii) Del art. 370 inc. 11) con relación al 169 inc. 3) del CPP, por no haberse observado las reglas relativas a la congruencia entre la Sentencia y la acusación. Al respecto invoca el Auto Supremo 562 de 1 de octubre de 2004