Constitución Política del Estado y la ley y estableció que la ley procesal aplicable debe
Respecto al segundo motivo relativo a que el Auto de Vista 189/2017 incurre en contradicción con el AS 021/2012-RRC de 14 de febrero de 2012 (precedente) generando vulneración al principio de legalidad por incumplimiento de la vinculatoriedad de fallos en materia penal porque los Vocales en relación al cuestionamiento de la valoración intelectiva, se limitaron a señalar que no existía argumentación suficiente con un análisis sesgado que se contrapone a la verdad material de los hechos al no haberse tomado el fondo del motivo apelado puesto que se hizo conocer los errores de la sentencia y cuál sería la pretensión de la apelación haciendo mención a un precedente contradictorio
Sobre el motivo en análisis, se tiene que la recurrente ha citado la doctrina legal contenida en el AS 021/2012-RRC de 14 de febrero (SP 2ª), que estableció que se considera como defecto absoluto no subsanable cuando la resolución sea sentencia o Auto de Vista, no se enmarca en las disposiciones vigentes previstas en la
Constitución Política del Estado y la ley y estableció que la ley procesal aplicable debe ser siempre la vigente (siempre y cuando no defina derechos sustantivos), tanto a las causas en trámite como a las que se inicien con posterioridad a su vigencia, aunque los hechos se hubieran cometido con anterioridad a su entrada en vigor; pues lo contrario implicaría vulneración a derechos y garantías constitucionales, como es el debido proceso
- Por memorial presentado el 11 de agosto de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- Respecto del primer motivo de casación en el que se alega que, el Auto de
- En este motivo, la recurrente ha fundamentado adecuadamente su pretensión en el marco de los
- Constitución Política del Estado y la ley y estableció que la ley procesal aplicable debe
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
