Auto Supremo AS/0812/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0812/2017-RA

Fecha: 20-Oct-2017

Con relación a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que la representación del Ministerio


Con relación a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que la representación del Ministerio Público refiere que la Sentencia fue dictada cumpliendo el art. 124 del CPP, haciendo referencia a las pruebas que condujeron a la condena del imputado. Posteriormente hace referencia a los arts. 60 y 61.I. de la CPE, señalando que los Autos Supremos 34/2013-RRC de 14 de febrero y 99/2013-RRC de 15 de abril, confirman la preeminencia del interés superior del niño en delitos de agresión sexual y la discriminación positiva a favor de la niñez y adolescencia; en ese ámbito, el recurrente alega que el Tribunal de Sentencia cumplió con lo establecido en el art. 173 del CPP, otorgando el valor íntegro a cada uno de los medios de prueba ofrecidos e incorporados en el juicio oral; sin embargo, el Auto de Vista impugnado, carece de base en la apreciación conjunta y armónica de toda la prueba esencial producida, porque restó el valor probatorio que el Tribunal de sentencia le otorgó, pese a que las pruebas demuestran que el acusado es con certeza el autor del hecho que se le imputa, para posteriormente hacer alusión al Auto Supremo 440 de 4 de septiembre de 2007