A los efectos de lo previsto por el art
A los efectos de lo previsto por el art. 420 del CPP, hágase conocer mediante fotocopias legalizadas el presente Auto Supremo a los tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, para que por intermedio de sus Presidentes, pongan en conocimiento de los Jueces en materia penal de su jurisdicción
- Por memorial presentado el 21 de febrero de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- b)Contra la mencionada Sentencia, los acusadores particulares Luis Fernando Vaca Suárez, Juan Carlos Demiquel Paz
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 436/2017-RA de 9 de junio,
- I.1.2. Petitorio
- Los recurrentes solicitan se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- Notificada la sentencia emitida en la causa, las víctimas Luis Fernando Vaca Suárez, Juan Carlos
- En un otrosí primero invocan precedentes contradictorios y en el Otrosí 2do, dejan constancia de
- II.2.Proveído de 28 de septiembre de 2016
- Al memorial de apelación restringida interpuesto por los recurrentes, el Juez 7mo
- La Constitución Política del Estado (CPE), reconoce y garantiza el principio a la impugnación, que
- Dentro de esta estructura de recursos, se tiene la apelación restringida, que es planteada contra
- También debe tenerse en cuenta, que en la señalada audiencia de fundamentación, los integrantes del
- En esa línea de análisis, si el Tribunal de alzada pese a la presentación de
- Por su parte, el Auto Supremo 61 de 27 de enero de 2007, estableció que
- Del antecedente señalado, se advierte que el Tribunal de apelación, omitió considerar la petición expresa
- Establecidos los fundamentos que determinan la aplicación de las previsiones contenidas en el art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
