Por memorial presentado el 21 de febrero de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 828/2017-RRC
Sucre, 30 de octubre de 2017
Expediente : Santa Cruz 46/2017
Parte Acusadora : Ministerio Público y otros
Parte Imputada : Oscar Mircher Ramírez Cuellar
Delitos : Estafa y otros
Magistrada Relatora : Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 21 de febrero de 2017, cursante de fs. 261 a 266 vta., Luis Fernando Vaca Suárez, Juan Carlos Demiquel Paz y Oriel Johnnatan Vaca Paz, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 478 de 29 de diciembre de 2016, de fs. 252 a 256 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, integrada por los vocales Hugo Juan Iquise y William Torrez Tordoya, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Alexandre Morales Menacho y los recurrentes contra Oscar Mircher Ramírez Cuellar, por la presunta comisión de los delitos de Estafa, Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 335, 198, 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 828/2017-RRC
Sucre, 30 de octubre de 2017
Expediente : Santa Cruz 46/2017
Parte Acusadora : Ministerio Público y otros
Parte Imputada : Oscar Mircher Ramírez Cuellar
Delitos : Estafa y otros
Magistrada Relatora : Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 21 de febrero de 2017, cursante de fs. 261 a 266 vta., Luis Fernando Vaca Suárez, Juan Carlos Demiquel Paz y Oriel Johnnatan Vaca Paz, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 478 de 29 de diciembre de 2016, de fs. 252 a 256 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, integrada por los vocales Hugo Juan Iquise y William Torrez Tordoya, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Alexandre Morales Menacho y los recurrentes contra Oscar Mircher Ramírez Cuellar, por la presunta comisión de los delitos de Estafa, Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 335, 198, 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 21 de febrero de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- b)Contra la mencionada Sentencia, los acusadores particulares Luis Fernando Vaca Suárez, Juan Carlos Demiquel Paz
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 436/2017-RA de 9 de junio,
- I.1.2. Petitorio
- Los recurrentes solicitan se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- Notificada la sentencia emitida en la causa, las víctimas Luis Fernando Vaca Suárez, Juan Carlos
- En un otrosí primero invocan precedentes contradictorios y en el Otrosí 2do, dejan constancia de
- II.2.Proveído de 28 de septiembre de 2016
- Al memorial de apelación restringida interpuesto por los recurrentes, el Juez 7mo
- La Constitución Política del Estado (CPE), reconoce y garantiza el principio a la impugnación, que
- Dentro de esta estructura de recursos, se tiene la apelación restringida, que es planteada contra
- También debe tenerse en cuenta, que en la señalada audiencia de fundamentación, los integrantes del
- En esa línea de análisis, si el Tribunal de alzada pese a la presentación de
- Por su parte, el Auto Supremo 61 de 27 de enero de 2007, estableció que
- Del antecedente señalado, se advierte que el Tribunal de apelación, omitió considerar la petición expresa
- Establecidos los fundamentos que determinan la aplicación de las previsiones contenidas en el art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
