Auto Supremo AS/0842/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0842/2017-RA

Fecha: 31-Oct-2017

El recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido adolece de una debida fundamentación, resultando


El recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido adolece de una debida fundamentación, resultando contradictoria; además de haber incurrido en una incorrecta valoración e interpretación de la norma sustantiva respecto a los motivos que dieron lugar a la confirmación de la Sentencia recurrida, precisando que refirió que la Resolución de mérito se encuentra debidamente fundamentada y que concluyó que el acusador particular como el Ministerio Público, no habría demostrado con prueba fehaciente el origen del dinero del que se refiere que la acusada se hubiere apropiado y que tampoco se demostró el daño económico, ni hubo auditoría que diga que falta el dinero, argumentos con los que confirmó la Sentencia, que –conforme argumenta el impugnante- implica violación de los arts. 124 y 173 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y consiguiente defecto por falta de fundamentación; respecto a lo cual sostiene que, de acuerdo al contenido del Auto Supremo 104 de 20 de febrero de 2004, el Tribunal de apelación debió fundamentar respecto a las reglas de la sana crítica que fueron infringidos en la valoración de los documentos presentados “como presuntas pruebas para la sentencia absolutoria” (sic), explicación que resulta suficiente conforme a la exigencia de los arts. 416 y 417 del CPP, respecto a la supuesta contradicción del Auto de Vista recurrido con el precedente invocado, resultando, en esta parte, admisible