Auto Supremo AS/0842/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0842/2017-RA

Fecha: 31-Oct-2017

Igualmente, sostiene que el Auto de Vista recurrido, en contradicción con el Auto Supremo 257


Igualmente, sostiene que el Auto de Vista recurrido, en contradicción con el Auto Supremo 257 de 1 de agosto de 2006, aseguró que el Tribunal de alzada asumió que no hubo concurrencia de los elementos constitutivos de los tipos penales de Peculado e Incumplimiento de Deberes; sin embargo, olvidó que se trata de casos que emergieron de toda la documentación y de la prueba testifical, que claramente sindicaron a la acusada que envió a Josué Bello Crespo a depositar Bs. 12.000.- (doce mil bolivianos 00/100) a sus cuentas personales y de su hijo, conforme los extractos bancarios, alegando que se violentó el debido proceso en lo que rige a la legalidad de la prueba incorporada al proceso, vulnerándose el art. 13 del CPP, aludiendo a la defectuosa valoración de la prueba y al art. 407 del CPP, invocando a la vez los Autos Supremo 152 de 2 de febrero de 2007 y 411 de 20 de octubre de 2006, omitiendo con la carga procesal de explicar de qué modo los precedentes invocados fueron contrariados por el Auto de Vista recurrido, incumpliendo el mandato de los arts. 416 y 417 del CPP