b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Harold Arteaga Brailco (fs
b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Harold Arteaga Brailco (fs. 2046 a 2049), Jaime Muñoz Arias (fs. 2051 a 2052 vta.) y Ana Lía Villarroel Salazar (fs. 2054 a 2055 vta.), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista 09 de 30 de junio 2017, emitido por la la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibles e improcedentes los recursos planteados; por ende, confirmó la Sentencia apelada en todas sus partes
- Por memorial presentado el 20 y 31 de julio de 2017, Harold Arteaga Brailco de
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Harold Arteaga Brailco (fs
- De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- ii)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- su interposición; a menos que la sentencia le fuera inicialmente favorable a la parte y
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- En cuanto al recurso planteado por Harold Arteaga Brailco, su lectura permite evidenciar que no
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
