Auto Supremo AS/0845/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0845/2017-RA

Fecha: 31-Oct-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 04/2017 de 25 de enero (fs. 2.013 a 2.027 vta.), el Tribunal Séptimo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz declaró a Jaime Muñoz Arias, Ana Lía Villarroel Salazar y Alexi Von Borries Brailco, autores y culpables de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley 1008, imponiendo la pena de quince años de reclusión, más el pago de Bs. 10000.- (diez mil bolivianos), en razón de Bs. 1.- por día; a Harold Arteaga Brailco absuelto de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas y autor del delito de Encubrimiento del referido delito, previsto por el art. 75 de la Ley 1008, imponiendo la pena de seis años de reclusión y al pago de multa de Bs. 1000.- (un mil bolivianos), en razón a Bs. 1.- por día. Respecto a Jorge Eliecer Avila Ramos y Marcelo Diogenes Mazzo el Hage fueron absueltos del delito endilgado en su contra