Regístrese, hágase saber y devuélvase
Lo mismo ocurre en el caso del recurso interpuesto por Jaime Muñoz Arias y Ana Lía Villarroel Salazar, quienes tampoco han cumplido con los presupuestos citados, pues tampoco explicar de forma alguna cuál la supuesta contradicción del Auto de Vista recurrido con algún precedente contradictorio, que en definitiva no citan ni mucho menos disciernen sobre su contenido o aplicación al caso, haciendo aplicable la previsión contenida en el art. 417 del CPP, deviniendo en inadmisible.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLES los recursos de casación interpuestos por Harold Arteaga Brailco, de fs. 2105 y vta.; y, por Jaime Muñoz Arias y Ana Lía Villarroel de fs. 2108 a 2109.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 20 y 31 de julio de 2017, Harold Arteaga Brailco de
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Harold Arteaga Brailco (fs
- De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- ii)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- su interposición; a menos que la sentencia le fuera inicialmente favorable a la parte y
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- En cuanto al recurso planteado por Harold Arteaga Brailco, su lectura permite evidenciar que no
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
