Auto Supremo AS/1137/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1137/2017

Fecha: 31-Oct-2017

Del contexto de todo su reclamo se denota que su fundamento tiene como eje principal


Del contexto de todo su reclamo se denota que su fundamento tiene como eje principal el hecho que los Tribunales de segunda instancia no diligenciaron la prueba ofrecida en apelación menos habrían señalado audiencia dentro del plazo de quince días, resultando su exposición dirigida en pretender una nulidad procesal, corresponde reiterar el entendimiento asumido en los puntos III.3 y III.4 en sentido que la nulidad procesal en el actual modelo constitucional de derecho supone, una medida de ultima ratio aplicable en casos excepcionales en reguardo al debido proceso con incidencia al derecho a la defensa, directriz que debe ser asumida bajo los principios o postulados que rigen ese instituto procesal, pues el criterio a ser asumido debe ser bajo un enfoque de juridicidad, habida cuenta que la finalidad de la administración de justicia no es la perfección procesal sino la solución al conflicto jurídico y la búsqueda de la paz social