4) Manifiesta que se deniega implícitamente a la Aduana Nacional su potestad conferida por Ley,
3)Señala que se ha prescindido del argumento motivacional expresado para la emisión del DS 28141, como marco legal sustentatorio de la demanda al no reconocerse un mandato expreso del Estado Boliviano
4) Manifiesta que se deniega implícitamente a la Aduana Nacional su potestad conferida por Ley, al revocar la Resolución Sancionatoria, que se constituye en el instrumento eficiente, eficaz, transparente emitido en forma oportuna conforme a los procesos investigativos al amparo de los arts. 66 y 100 de la ley 2492 bajo un razonamiento equívoco, argumentando que la función recaudadora no es aplicable en caso de autos, con la función contraventora, que si es aplicable al caso
4) Manifiesta que se deniega implícitamente a la Aduana Nacional su potestad conferida por Ley, al revocar la Resolución Sancionatoria, que se constituye en el instrumento eficiente, eficaz, transparente emitido en forma oportuna conforme a los procesos investigativos al amparo de los arts. 66 y 100 de la ley 2492 bajo un razonamiento equívoco, argumentando que la función recaudadora no es aplicable en caso de autos, con la función contraventora, que si es aplicable al caso
- Fundamenta lo siguiente
- 2)La Sentencia tiene como basamento final la supuesta prescripción de la acción de cobranza del
- 4) Manifiesta que se deniega implícitamente a la Aduana Nacional su potestad conferida por Ley,
- CONSIDERANDO II: Que del análisis de la solicitud de enmienda, aclaración y complementación, descrita en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social Y Administrativa Primera Del Tribunal Supremos De
- Regístrese, comuníquese y notifíquese.
