Auto Supremo AS/0298/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0298/2017

Fecha: 20-Nov-2017

De la revisión de la resolución de vista, se advierte que efectivamente, el tribunal de

De la revisión de la resolución de vista, se advierte que efectivamente, el tribunal de apelación concluye que la demandante, en la gestión 2011 trabajó turnos rotativos de 8 horas diarias, desde el 1° de enero al 4 de marzo y, luego de tal fecha, volvió a trabajar en turno nocturno hasta el momento de su desvinculación laboral, es decir, hasta el 14 de abril del mismo año