Auto Supremo AS/0883/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0883/2017-RA

Fecha: 03-Nov-2017

Concreta que el Tribunal de apelación, por un lado rechazó el recurso de apelación en


Concreta que el Tribunal de apelación, por un lado rechazó el recurso de apelación en base al art. 399 del Código citado -a cuyo efecto transcribe el apartado pertinente el Auto de Vista-, lo que significa que la inadmisibilidad se fundó en el rechazo sin trámite y por otro lado dentro de sus fundamentos existe resolución incompleta al recurso, configurándose una terrible contradicción en los fundamentos del Auto de Vista que afecta a la seguridad jurídica, por cuanto expresa: “…no es menor evidente que no expresa cuál la aplicación que pretende sobre dicho agravio, sino que demanda el reenvío del juicio cuando la pretensión debe estar en estrecha relación con el agravio…” y que: “Lo que es peor invoca una norma legal impertinente al agravio invocado, dicha norma legal es el Art. 125 del CPP., que hace a la explicación, complementación y enmienda”, lo que si bien es cierto; empero, en el recurso de apelación se expuso el art. 124 referente a la debida fundamentación de las resoluciones judiciales en el ámbito penal, transcribiéndose la citada norma para que no exista confusión en el Órgano Judicial, por consiguiente es errónea la argumentación contenida en el Auto de Vista