Auto Supremo AS/0885/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0885/2017-RA

Fecha: 03-Nov-2017

Conforme se ha relacionado en la presente resolución, el recurrente plantea como motivo de su


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 30 de agosto de 2017, interponiendo su recurso de casación el 6 de septiembre del mismo año; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento del requisito temporal exigido por el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

Conforme se ha relacionado en la presente resolución, el recurrente plantea como motivo de su recurso de casación la ausencia de fundamentación y motivación del Auto de Vista recurrido, que declaró sin lugar la apelación restringida planteada contra la Sentencia de primera instancia. Al efecto, efectúa la precisión de los tres motivos de su apelación [existencia de los defectos de sentencia señalados por el art. 370 incs. 1), 4) y 6) del CPP] y acusa que el Auto de Vista no tiene la debida fundamentación y motivación por lo que corresponde sea dejado sin efecto, invocando al efecto como precedentes contradictorios los Autos Supremos 21 de 26 de enero de 2007, 192/2013 de 11 de julio, 345/2010 de 16 de octubre, 330/2013 de 16 de noviembre, 45/2012 de 14 de marzo, 85/2013 de 26 de marzo y 188/2013-RRC