Auto Supremo AS/0903/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0903/2017-RRC

Fecha: 20-Nov-2017

Pues bien, el juzgador debe observar los principios lógicos supremos o leyes supremas del pensamiento


Pues bien, el juzgador debe observar los principios lógicos supremos o leyes supremas del pensamiento que gobiernan la elaboración de los juicios y otorgan base cierta para determinar cuáles son, necesariamente, verdaderos o falsos. A decir, del profesor De la Rua, las leyes del pensamiento son leyes a priori que están constituidas por las leyes fundamentales de coherencia y derivación, por los principios lógicos de identidad, contradicción, tercero excluido y razón suficiente. (De la Rua, Fernando. Teoría General del Proceso. Editorial Depalma, Buenos Aires 1991. Pág. 154-158)