Auto Supremo AS/1236/2017-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1236/2017-RI

Fecha: 04-Dic-2017

Conforme a lo previsto en el art


II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:

Conforme a lo previsto en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:

II.1.- Emitido el Auto de Vista foliado como de fs. 332 a 336, se notifica al recurrente en fecha 5 de febrero de 2013 (fs. 339), habiendo presentado el recurso en fecha 13 de febrero de 2013 (fs. 343), esto dentro del plazo previsto en el art. 257 del Código de Procedimiento Civil -vigente en ese entonces-, recurso en el cual también se advierte que el recurrente identifica la Resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión de la Sentencia, el recurrente, impugna la mencionada resolución de primera instancia, y ante la emisión del Auto de Vista que confirmó en parte el Auto apelado, anulando obrados hasta fs. 7 inclusive, manteniendo en todo lo demás el Auto apelado recurre de casación, que resulta ser permisible conforme al sistema de impugnación vertical