En el caso específico, de los antecedentes que informan el proceso y en aplicación de
IV. Corresponde analizar la Resolución recurrida si resulta ser una que admita recurso de casación.
En el caso específico, de los antecedentes que informan el proceso y en aplicación de la doctrina aplicable señalada precedentemente se tiene que el Auto recurrido que dio origen al recurso ordinario de apelación (Auto de fecha 26 de octubre de 2011, cursante de fs. 276 vta. a 278, que anuló obrados hasta fs. 66 de obrados, disponiendo la notificación con la Sentencia en forma personal a las herederas de Ada Romero Vda. De Arentz, María Teresa Romero Molina y María Luisa Romero Molina), mismo que constituye ser un Auto interlocutorio simple y de ninguna manera puede calificarse como Auto definitivo porque no resuelve el fondo del problema litigioso, tampoco corta procedimiento ulterior ni mucho menos pone fin al proceso; al ser un Auto interlocutorio simple, se concedió el recurso de apelación en el efecto devolutivo (fs. 320 - 321); de donde se concluye que la Resolución incorrectamente recurrida de casación no ingresa en ninguna de las categorías de resoluciones que eran previstas en el art. 255 del Código de Procedimiento Civil (vigente a la tramitación del proceso), para que haga viable la procedencia del recurso de casación
- Herederos de Ada
- Proceso: Usucapión
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- al recurso interpuesto
- Asimismo, acusa la violación del art
- Por otro lado, acusa la violación del art
- En base a esos argumentos, solicita que el Tribunal Supremo case el Auto de Vista
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- En ese entendido corresponde señalar que, el art
- En relación a la interpretación de las citadas normas, este Tribunal Supremo de Justicia a
- “Al respecto diremos que los autos interlocutorios simples son resoluciones que deciden las cuestiones
- En cambio, los Autos interlocutorios definitivos son Resoluciones que cortan todo procedimiento ulterior del juicio
- En el caso que nos ocupa se advierte que el incidente de nulidad de notificación
- En el caso específico, de los antecedentes que informan el proceso y en aplicación de
- Finalmente, el art
- Código Procesal Civil
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Devuélvase, regístrese, y notifíquese.
